Miembros de CC en cargos públicos (Enmienda a los Principios de Organización) - Votación de los miembros de DiEM25

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Miembros de CC en cargos públicos (Enmienda a los Principios de Organización)

82.87%

no

17.13%

Los Principios de organización, específicamente la sección 1, prohíben a las personas en cargos públicos o que ocupan cargos de gran responsabilidad dentro de un partido político de ser miembros o candidatos del Colectivo Coordinador.

Esta restricción tenía como finalidad principalmente evitar un conflicto de intereses, ya que el CC tiene que negociar con los partidos políticos en nombre de DiEM25 (sobre si DiEM25 podría respaldarlos a ellos o a algunos de sus candidatos en una elección), lo que no puede hacer efectivamente si negocia con sí mismo o con sus colegas. Otro aspecto fue evitar que DiEM25 quede bajo el control de los partidos cuyo programa es necesariamente diferente del programa de DiEM25.

En el momento en que se escribieron los Principios de organización, no se previó que DiEM25 formaría sus propios partidos (Alas Electorales) cuyo programa, prioridades, participación en las elecciones y elección de candidatos serían controlados al 100% por DiEM25. Si se hubiera previsto, los Principios de organización probablemente habrían especificado una excepción para las partes de DiEM25.

¿Debería agregarse esta excepción ahora?

La pregunta es relevante ahora porque Yanis Varoufakis tiene buenas posibilidades de ser elegido miembro del Parlamento griego el 7 de julio y muchos de nosotros no podemos imaginarlo dejando su papel en DiEM25.

El principal argumento en contra es que la regla tal como se encuentra en los Principios de organización también contrarresta la acumulación de mandatos, a pesar de que no fue su propósito original y no hay ninguna regla en contra de mantener cualquier otra combinación de mandatos en DiEM25.

Los párrafos concernidos de los Principios de Organización con las enmiendas propuestas en rojo, son:

(Sección 1)

"Ninguna persona que ocupe cargos públicos u ocupe cargos de mayor responsabilidad dentro de un partido político (por ejemplo, miembro de su junta directiva nacional o directiva), excepto las Alas Electorales de DiEM25, puede sentarse en el CC".

"Todos los miembros de DiEM25 son elegibles para presentarse al CC, excepto los políticos en servicio que ocupan cargos electos en los parlamentos nacionales, en el Parlamento Europeo, sirven como ministros de estado en los gobiernos nacionales o en el liderazgo nacional / ejecutivo de partidos nacionales (membresía de partidos políticos, incluido el servicio en los comités de partidos políticos regionales o de nivel inferior, no se incluye en esta disposición). Se hace una excepción para aquellos que sirven en nombre de las Alas Electorales de DiEM25".

¿Está de acuerdo en que esta excepción debe agregarse a los Principios de Organización?

La votación está cerrada

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